El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) creó relaciones económicas y comerciales especiales para Estados Unidos, Canadá y México. La clasificación de no inmigrante TN permite a ciudadanos canadienses y mexicanos cualificados solicitar la entrada temporal en Estados Unidos para participar en actividades empresariales a nivel profesional.
La clasificación de no inmigrante L-1A permite a un empleador estadounidense trasladar a un ejecutivo o gerente de una de sus oficinas extranjeras afiliadas a una de sus oficinas en Estados Unidos. Esta clasificación también permite a una empresa extranjera que aún no tiene una oficina afiliada en Estados Unidos enviar a un ejecutivo o gerente a Estados Unidos con el propósito de establecer una.
Esta clasificación de no inmigrante se aplica a las personas que desean prestar servicios en una ocupación especializada, servicios de mérito y capacidad excepcionales relacionados con un proyecto de investigación y desarrollo cooperativo del Departamento de Defensa (DOD), o servicios como modelo de moda de mérito o capacidad distinguidos.
La clasificación de no inmigrante E-1 permite que un nacional de un país del tratado (un país con el que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación, o con el que Estados Unidos mantiene un acuerdo internacional cualificado, o que ha sido considerado un país cualificado por la legislación) sea admitido en Estados Unidos únicamente para participar en el comercio internacional por cuenta propia.
La clasificación de no inmigrante E-2 permite que un nacional de un país del tratado (un país con el que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación, o con el que Estados Unidos mantiene un acuerdo internacional cualificado, o que ha sido considerado un país cualificado por la legislación) sea admitido en Estados Unidos al invertir una cantidad sustancial de capital en un negocio estadounidense.
Los ministros y no ministros en vocaciones y ocupaciones religiosas pueden venir a los Estados Unidos temporalmente con el propósito de realizar trabajo religioso.
El visado de no inmigrante O-1 es para la persona que posee una capacidad extraordinaria en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo, o que tiene un historial demostrado de logros extraordinarios en la industria del cine o la televisión y ha sido reconocida a nivel nacional o internacional por esos logros.